A partir de 2025, los colombianos podrán cotizar a pensión en pareja bajo las disposiciones de la nueva reforma al sistema de jubilaciones aprobada por el Congreso de la República.
Este modelo permite a los cónyuges o compañeros permanentes sumar esfuerzos para acceder a una pensión integral de vejez, siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley.
Según la normativa, los interesados deberán acreditar más de cinco años de relación conyugal o convivencia permanente. Además, entre ambos deberán sumar al menos 1.300 semanas de cotización al sistema para poder acceder al beneficio.
En cuanto al Sistema de Seguridad Social en Salud, la norma establece que la persona titular de la pensión familiar estará obligada a afiliarse y cotizar conforme a las disposiciones vigentes, mientras que su cónyuge o compañero permanente será beneficiario del sistema.
Disposiciones en caso de fallecimiento
La ley también prevé medidas para situaciones como el fallecimiento de uno de los beneficiarios. En estos casos, el 50% correspondiente al titular fallecido acrecentará la parte del sobreviviente. No obstante, si existen hijos menores de edad o mayores de hasta 25 años que dependan de los titulares, las condiciones podrían variar según lo estipulado en la reforma.
De no haber beneficiarios adicionales con derecho a la pensión, esta se extinguirá, sin lugar a una pensión de sobrevivientes. El sobreviviente deberá informar del fallecimiento a Colpensiones dentro de los 30 días posteriores para garantizar la continuidad de la prestación.
En caso de divorcio, separación legal o de hecho, el beneficio de cotizar a pensión en pareja quedará extinguido. Los excónyuges o excompañeros permanentes tendrán derecho a recibir mensualmente el 50% del monto que correspondía a la pensión conjunta.
La normativa señala que únicamente podrá otorgarse una pensión familiar por cada cónyuge o compañero permanente. Asimismo, el valor de esta pensión no podrá exceder el salario mínimo legal mensual vigente, según las condiciones del Sistema de Protección Social Integral para la vejez.
Este nuevo modelo busca flexibilizar el acceso a la pensión, especialmente para aquellas parejas que no logran cumplir los requisitos individuales necesarios para acceder a la prestación por vejez. Sin embargo, su implementación estará sujeta a la reglamentación específica de la reforma.
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