jueves, diciembre 4, 2025
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Corte Suprema ratificó condena contra exjefe de inteligencia del DAS por ‘chuzadas’ a pilotos de ACDAC

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de cuatro años de prisión contra Laude José Fernández Arroyo, exjefe de inteligencia del extinto DAS.

Esto debido a su participación en las interceptaciones ilegales realizadas en 2017 a pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC. El fallo, emitido el 12 de noviembre de 2025, estuvo a cargo del magistrado Diego Eugenio Corredor Beltrán, bajo la sentencia SP2143-2025 y el radicado 63786.

En su decisión, la Corte resolvió no casar el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que en noviembre de 2022 había condenado a Fernández por los delitos de concierto para delinquir agravado y violación de datos personales.

Lo anterior, debido a que, según la investigación, quedó acreditado que para el año 2018 Fernández participó en actividades de interceptación y acceso irregular a información de pilotos de ACDAC. En este sentido, se estableció además que Arroyo integró una organización que ingresó de forma ilícita a bases de datos privadas, empleando incluso la plataforma «Esperanza» de la Fiscalía General de la Nación.

Entre los hechos documentados se registraron escuchas a dirigentes sindicales de Avianca y la recopilación de datos relacionados con litigios empresariales, como los vinculados al Grupo de Energía de Bogotá y la multinacional Enel.

De igual manera, se determinó que el exagente utilizó su calidad de representante legal de Berkeley Research Group (BRG) en Colombia, empresa dedicada a la seguridad corporativa, para influir en funcionarios y facilitar las interceptaciones en favor de intereses privados. Dentro del proceso se verificó que su actuación afectó no solo a voceros aviadores, sino también a sus familias, incluidos menores de edad.

Por tal motivo, el Tribunal ajustó el estado jurídico del caso y concluyó que las conductas atribuidas al exfuncionario correspondían a estos delitos, dejando sin efecto acusaciones adicionales que no fueron demostradas en segunda instancia.

Cabe señalar que esta condena ya había sido confirmada previamente por el Tribunal Superior de Bogotá en 2022, que le impuso 47 meses y 13 días de prisión.

En su parte resolutiva, la Corte Suprema dispuso que la sentencia del Tribunal permanece en firme y precisó que contra esta decisión no procede recurso alguno, por lo que la condena contra Laude José Fernández Arroyo deberá cumplirse en los términos fijados por la justicia del país.

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