miércoles, febrero 18, 2026
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Corte Suprema negó tutela y decidió mantener en prisión a Sandra Ortiz por vencimiento de términos

La Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano, negó la acción de tutela presentada por la defensa de Sandra Liliana Ortiz Nova con la que buscaba obtener su libertad por vencimiento de términos.

Con esta decisión, la exconsejera presidencial para las regiones continuará privada de la libertad mientras avanza el proceso penal en su contra por el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

La determinación fue adoptada por la Sala de Tutelas Número 1 de la Sala de Casación Penal, que estudió los argumentos de la defensa en los que se alegaba la vulneración de los derechos fundamentales a la libertad, al debido proceso y a la defensa. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que no se configuró afectación alguna que hiciera procedente la intervención del juez constitucional.

En su análisis, la Corte estableció que la accionante contaba con un recurso judicial idóneo para controvertir la negativa de libertad por vencimiento de términos, concretamente la apelación.

No obstante, la defensa desistió voluntariamente de ese mecanismo ordinario, lo que, según el tribunal, cerró la posibilidad de acudir a la tutela como vía subsidiaria para revertir la medida de aseguramiento. En ese sentido, declaró improcedente el amparo frente a esa decisión judicial.

El fallo también abordó la solicitud de hábeas corpus promovida por Ortiz con el mismo propósito de recuperar la libertad, pero la Corte respaldó las decisiones previas que habían declarado improcedente ese mecanismo y reiteró que el hábeas corpus tenía carácter excepcional y no podía sustituir los procedimientos ordinarios previstos en el proceso penal ni desplazar recursos que aún estaban en trámite.

El alto tribunal enfatizó que la acción de tutela no podía utilizarse para reabrir debates propios de la jurisdicción penal cuando existían instrumentos procesales adecuados y no se evidenciaban defectos sustanciales en las providencias cuestionadas.

Tras revisar las actuaciones, concluyó que no se presentaron irregularidades graves ni vulneraciones de derechos fundamentales que justificaran un pronunciamiento distinto.

Sandra Ortiz permaneció privada de la libertad desde el 18 de diciembre de 2024, cobijada con medida de aseguramiento, mientras avanzó la investigación que se le seguía por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias.

La Fiscalía la señaló en el pasado por haber tenido una presunta participación en un entramado que habría desviado recursos públicos de la UNGRD para beneficiar a congresistas. Con esta decisión, la Corte Suprema dejó en firme las actuaciones judiciales adoptadas en instancias anteriores y mantuvo incólume la medida privativa de la libertad.

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