La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme el proceso penal contra el representante a la Cámara, Miguel Polo Polo, al negar la solicitud de nulidad presentada por su defensa en el caso que se sigue por el delito de hostigamiento agravado.
La decisión confirma que el juicio continuará por los mensajes y videos difundidos por el congresista en la red social X el 14 de noviembre de 2023, relacionados con contenidos dirigidos al M-19 y al presidente Gustavo Petro.
El expediente detalla que, a la 1:05 p. m. de ese día, Polo Polo publicó un mensaje en el que escribía: “¡Gloria a los soldados, plomo a los guerrilleros!”, acompañado de un video en el que se incineraba una bandera del M-19 mientras una voz calificaba a sus integrantes con expresiones ofensivas. Horas más tarde, a las 7:37 p. m., reposteó otro video en el que se veía la quema de un muñeco con el rostro del presidente Petro y la bandera del mismo movimiento, junto con expresiones que instaban a “meterle candela” al mandatario y a darle “muerte política”.
Tras la denuncia interpuesta el 16 de noviembre de 2023, la Sala Especial de Instrucción abrió investigación por hostigamiento, amenazas e instigación a delinquir. El 6 de febrero de 2025, el congresista fue acusado como probable autor de hostigamiento agravado, al considerar que los mensajes se difundieron a través de un medio masivo y en condición de servidor público.
La defensa pidió la nulidad del proceso, argumentando que la acusación habría ampliado los hechos originales al incluir como víctimas al presidente Gustavo Petro, la vicepresidenta Francia Márquez y la senadora María José Pizarro, quienes no aparecían en la denuncia inicial. También señaló que se hicieron referencias a otras publicaciones del congresista que no hacían parte del expediente primario, lo que, a su juicio, alteraba el objeto del proceso y afectaba el derecho a la defensa.
La Corte Suprema rechazó esos argumentos y explicó que la investigación mantuvo intacto el núcleo fáctico, centrado exclusivamente en las dos publicaciones del 14 de noviembre de 2023, y que la identificación de personas específicas dentro del colectivo al que iban dirigidos los mensajes no implica la inclusión de hechos nuevos. Señaló además que el informe de Policía Judicial que citaba otras publicaciones solo fue incorporado para analizar el perfil del procesado, sin que ello significara sumar nuevas conductas a la acusación.
Con esta determinación, que ratifica la decisión del 17 de septiembre de 2025, el tribunal cerró la discusión sobre la nulidad y ordenó que el caso continúe su curso hacia la etapa de juicio. Allí se definirá la responsabilidad penal del congresista por presuntamente promover acciones violentas o de hostigamiento contra un grupo de personas por razones ideológicas mediante el uso de redes sociales.






