La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra el periodista Miller Orlando Rubio Orjuela, hallado responsable del delito de concierto para delinquir. El fallo ratifica la decisión del Juzgado 45 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, que lo había sentenciado a 50 meses de prisión, decisión posteriormente confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá.
De acuerdo con la investigación, Rubio Orjuela utilizó su rol como periodista para favorecer a la organización ilegal liderada por Pedro Nel Rincón Castillo, alias «Pedro Orejas» o «El Esmeraldero», extraditado a Estados Unidos por narcotráfico. Según la Corte, el procesado sobrepasó los límites del ejercicio periodístico, al convertirse en un actor activo dentro de una estrategia criminal que incluyó la fabricación de noticias falsas, la invención de fuentes y declaraciones, y la difusión de estas en el reconocido noticiero de televisión CM&, y que utilizó para comisión de los delitos por los que fue condenado. Además, presionó a autoridades con el propósito de beneficiar a la estructura delictiva.
La Sala fue enfática al señalar que estas conductas desvirtúan los principios constitucionales que regulan la profesión, como la veracidad, la objetividad, la imparcialidad y el interés público. En el fallo se afirma que “no es admisible, bajo la Constitución y las leyes colombianas, que un periodista oficie como propagandista o asesor de comunicaciones de una organización criminal”, ya que ello convierte la labor informativa en un instrumento de encubrimiento y manipulación en favor de actividades ilegales.
El alto tribunal también destacó el valor de la libertad de prensa y de expresión en una democracia, pero subrayó que dicha libertad debe ejercerse con responsabilidad social y en condiciones de independencia. Cuando esa independencia se pierde, y el periodismo se pone al servicio de intereses criminales, se mina la confianza pública y se afectan los valores democráticos.
En consecuencia, la Corte Suprema ordenó el cumplimiento de la sentencia de primera instancia, la cual concedió a Rubio Orjuela el beneficio de prisión domiciliaria. Asimismo, dispuso la emisión de órdenes de captura para garantizar que la pena se ejecute conforme a la decisión judicial.
El caso se convierte en un precedente sobre los límites del periodismo y la responsabilidad que implica ejercer esta profesión en el marco de la Constitución y la ley, reafirmando que la libertad de prensa no puede ser escudo para acciones que favorezcan la criminalidad.