El tribunal respondió a las consultas planteadas por el Ministerio de Salud sobre las obligaciones de pago de los dineros adeudados por el Gobierno Nacional, correspondientes a los ajustes de los presupuestos máximos desde la vigencia de 2022.
El auto de la Corte establece que el Ministerio de Salud tiene 48 horas para cumplir con lo ordenado en los ordinales tercero y sexto del Auto 2881 de 2023, lo que implica el pago de los valores correspondientes a los ajustes de los presupuestos máximos de la vigencia 2022 y la creación de una metodología unificada de definición de dichos presupuestos.
Asimismo, el tribunal estableció un plazo de 18 días calendario para que el Ministerio pague los dineros pendientes desde julio de 2024.
Según la decisión, el Gobierno tendrá que cubrir los presupuestos máximos reconocidos para los periodos de julio, agosto, septiembre y octubre de 2024 dentro de ese lapso. Además, se ordenó el reconocimiento de los presupuestos máximos correspondientes a los periodos de noviembre y diciembre de 2024 dentro de los 18 días calendario posteriores a la notificación del Auto 088 de 2025.
Por otro lado, la Corte rechazó las inquietudes del Ministerio de Salud sobre las órdenes relacionadas con el pago de la UPC y mantuvo vigentes las instrucciones emitidas en una decisión previa.
En consecuencia, la cartera tendrá un plazo de 10 días para establecer una mesa de trabajo que permita definir un mecanismo para el incremento anual de la UPC, un mes para presentar un informe justificando la fijación de la UPC de 2025 y tres meses para desarrollar una herramienta de validación de información.
El tribunal reiteró que todas las órdenes relacionadas con el ajuste del aumento de las UPC deben cumplirse según la orden original. Sin embargo, la Corte no se pronunció sobre los cuestionamientos respecto a la manera en que el Ministerio de Salud debe adelantar reuniones con las entidades e instituciones de salud.
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