viernes, junio 27, 2025
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Corte anula, otra vez, decretos de conmoción interior en el Catatumbo. Nuevo golpe al Gobierno Petro

La Corte Constitucional declaró inexequibles dos decretos expedidos por el Gobierno Nacional bajo la figura de conmoción interior en la región del Catatumbo, al concluir que no guardaban relación directa con la emergencia que justificó dicha declaratoria. Las decisiones afectan medidas en materia ambiental y de sustitución de cultivos ilícitos que se habían implementado en el marco de esta figura excepcional.

El alto tribunal precisó que las disposiciones adoptadas por el Gobierno no tenían conexión inmediata con los hechos que motivaron la declaración de conmoción interior en esta zona del país, donde se han registrado enfrentamientos entre el ELN y las disidencias de las Farc. Según la Corte, la declaratoria de emergencia se enfocaba en la atención de la crisis de orden público y humanitaria derivada de estos enfrentamientos, y no en la implementación de políticas para resolver problemáticas estructurales como los cultivos ilícitos o la protección ambiental.

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El primer decreto anulado fue el 0116 del 30 de enero de 2025, que establecía medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en los municipios del Catatumbo, Cúcuta, Río de Oro y González, bajo el argumento de que estas acciones no estaban ligadas de forma directa con la mitigación de los efectos de los enfrentamientos armados en la región.

Asimismo, se declaró inexequible el Decreto Legislativo 180 del 14 de febrero de 2025, mediante el cual se adoptaban medidas excepcionales para desvincular a familias que dependían de cultivos ilícitos y facilitar su transición hacia economías legales. La Corte indicó que, si bien la problemática de los cultivos ilícitos es una situación relevante en la región, se trata de un problema histórico y estructural, que no puede ser abordado con medidas extraordinarias enmarcadas en un estado de conmoción interior.

“Justificar la expedición del decreto en la necesidad de implementar medidas urgentes para sustituir cultivos de uso ilícito desconoce que se trata de una problemática estructural, que no puede ser atendida a partir de medidas extraordinarias”, señaló la Corte en su fallo.

El presidente Gustavo Petro había expedido estos decretos como parte de las acciones para enfrentar la situación de violencia en el Catatumbo. Con esta decisión, la Corte reiteró que la figura de la conmoción interior no puede utilizarse para resolver problemáticas de largo plazo, sino para atender crisis inmediatas que afecten gravemente el orden público y la estabilidad institucional.

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