El Consejo de Estado determinó que el presidente de la República, Gustavo Petro, y la Presidencia vulneraron el derecho fundamental a la información al usar indebidamente las alocuciones presidenciales, realizadas sin cumplir con los criterios de urgencia ni los límites establecidos para este tipo de intervenciones.
En la sentencia de tutela 2025-01825, la corporación amparó el derecho fundamental a la información de los ciudadanos Nelson Augusto Martínez Bolaño, Mauricio Aragón Siniestra, Mauricio Trujillo Riascos, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe y Sandra Patricia Mancipe Mesa, quienes interpusieron la acción en contra del uso reiterado de las alocuciones del mandatario.
El alto tribunal ordenó al presidente de la República y a la Presidencia que, a partir de la notificación de esta decisión, cada una de las intervenciones o alocuciones que realice el jefe de Estado, tanto en los canales públicos administrados por RTVC como en los privados y regionales, deberá cumplir con condiciones específicas.
El fallo establece que “la alocución debe responder a una justificación o razón suficiente, lo que implica que la solicitud debe corresponder a circunstancias urgentes”. También precisa que “la alocución presidencial no puede ser recurrente, por ejemplo, en el mismo intervalo semanal”, y que “debe ser limitada temática y temporalmente”.
Asimismo, la sentencia indica que toda solicitud que se presente ante la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) debe detallar el tema a tratar y especificar la hora de inicio y de finalización de la intervención, con el fin de evitar abusos o extensiones injustificadas.
El Consejo de Estado ordenó además a la CRC verificar el cumplimiento de estos criterios antes de autorizar cualquier alocución presidencial y, en caso de incumplimiento, “impedir su realización”. La entidad deberá emitir un informe público dentro de los dos días siguientes a cada transmisión, en el que evalúe si la intervención se ajustó a los principios de urgencia, excepcionalidad y pluralismo informativo.
Por último, la corporación dispuso que la CRC adopte, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, un nuevo marco regulatorio que garantice el pluralismo informativo en los canales públicos y privados frente a las alocuciones del presidente de la República.