El Consejo de Estado declaró patrimonialmente responsable a Bernardo Moreno Villegas, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, por su participación en los seguimientos e interceptaciones ilegales adelantados por el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
La decisión, adoptada por la Sección Tercera del alto tribunal, ordenó a Moreno reintegrar al Estado la suma de $354.074.968,34, correspondiente a la indemnización que la Nación que debió pagar a un exmagistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia como reparación por los daños ocasionados.
El fallo se produjo en el marco de una demanda de repetición promovida por el propio Dapre, con el objetivo de que el exfuncionario asumiera con recursos propios el pago de la condena que inicialmente fue cubierta por el Estado.
La indemnización había sido reconocida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca a favor de Sigifredo Espinosa Pérez, exmagistrado auxiliar de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Según estableció el Consejo de Estado, la compensación se originó por los perjuicios derivados de seguimientos, interceptaciones ilegales, actos de hostigamiento y estrategias de desprestigio desplegadas no solo contra el exmagistrado, sino también contra integrantes de su familia, lo que afectó su vida personal, profesional y su seguridad.
El alto tribunal concluyó que Moreno Villegas tuvo un papel determinante en la ejecución de estas conductas, al ordenar las interceptaciones a través de la estructura del DAS, entidad que en ese momento era dirigida por María del Pilar Hurtado, quien en el pasado fue condenada por estos hechos. Para la Sala, estas actuaciones constituyeron una extralimitación de funciones y una vulneración grave de derechos fundamentales.
El Consejo de Estado tuvo en cuenta que Moreno ya había sido condenado penalmente por la Corte Suprema de Justicia, en 2015, la Sala Penal lo sentenció a ocho años de prisión por los delitos de concierto para delinquir, violación ilícita de comunicaciones, abuso de función pública y falsedad ideológica en documento público, decisión que fue ratificada en mayo de 2024, dichas condenas sirvieron como sustento para establecer su responsabilidad patrimonial directa.
Hay que destacar que las interceptaciones ilegales, conocidas como las “chuzadas” del DAS, se produjeron entre 2007 y 2008 y tuvieron como objetivo la obtención irregular de información reservada de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Por otra parte, la sentencia del Consejo de Estado ordenó que, una vez el fallo quede en firme, los recursos correspondientes sean entregados al Dapre, incluyendo los depósitos judiciales constituidos como garantía dentro del proceso.





