viernes, febrero 6, 2026
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Cepeda demandará a los magistrados Álvaro Hernán Prada y Hollman Ibáñez, por prevaricato

Luego de conocer la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre su participación en la consulta presidencial del Frente por la Vida, programada para el 8 de marzo, Cepeda anunció que denunciará penalmente a los magistrados Prada e Ibáñez. 

En el CNE adoptó una decisión en sala plena tras una votación de 6 votos contra 4, luego de que la sala plena alcanzara una mayoría con la intervención de los conjueces designados para el caso.

Tras saber esto, Cepeda escribió por medio de su cuenta de X que sus derechos no serán pisoteados impunemente, “interpondré denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra Álvaro Hernán Prada Artunduaga y Hollman Ibáñez, por el delito de prevaricato por omisión, contenido en el artículo 414 del Código Penal”, declaró el candidato. 

Por otra parte, expuso que lo hacía porque, argumentó, en ambos casos los magistrados participaron de la discusión y votación de las solicitudes de revocatoria de su inscripción como precandidato por el Pacto Histórico a la consulta del próximo 8 de marzo, esto, dijo, pese a encontrarse impedidos para conocer de este asunto. 

En este sentido, aseguró que Prada estaba impedido por la existencia de un proceso penal, que se hallaba en etapa de juzgamiento, “en el que es acusado y yo víctima, y por animadversión en mi contra”, aseguró, mientras que Ibáñez lo estaba por haberse pronunciado extraprocesalmente sobre este asunto y por animadversión en contra mía y del Pacto Histórico.

Hay que recordar que el organismo electoral concluyó que Cepeda se encontraba impedido para participar en esa consulta interpartidista debido a su participación previa en un mecanismo similar realizado por el Pacto Histórico en 2025. 

Según la mayoría del CNE, esta situación activaba una restricción normativa que le impide presentarse nuevamente en otro proceso de selección de candidatos dentro del mismo calendario electoral.

La definición se produjo luego de que, en una primera votación entre magistrados titulares, no se lograra la mayoría requerida, lo que llevó a la incorporación de conjueces. El voto del conjuez Hollman Ibáñez fue determinante para conformar el bloque que respaldó la tesis de la inhabilidad y cerrar la discusión.

El debate en el CNE se centró en la interpretación de las normas que regulan la participación de precandidatos en consultas internas e interpartidistas. Los magistrados y conjueces que apoyaron la exclusión consideraron que la doble participación vulnera las reglas electorales vigentes.

Posterior a la decisión quedó en firme la exclusión de Cepeda de la consulta del Frente por la Vida, lo que tiene efectos directos sobre su estrategia electoral y modifica el escenario inicialmente previsto por su campaña para definir su candidatura presidencial.

No obstante, antes del fallo, el senador había manifestado que, en caso de no ser autorizado para participar en la consulta interpartidista, se presentaría directamente a la primera vuelta presidencial como candidato del Pacto Histórico, opción que queda habilitada tras la resolución del CNE.

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