Aunque el gobierno nacional puso fin al Estado de Conmoción Interior en la región del Catatumbo, las medidas tributarias establecidas en el Decreto 175 de 2025 se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de este año. Así lo confirmó el Ejecutivo, al aclarar que estas disposiciones no requieren prórroga, dado que su aplicación está establecida expresamente para todo el año fiscal 2025.
El Decreto 467 de 2025, expedido recientemente, levantó formalmente la medida de excepción en esa zona del país, al tiempo que prorrogó por 90 días otros decretos adoptados durante el periodo de conmoción. Entre estos se encuentran los decretos 106, 107, 108, 117, 118, 120, 121, 134, 137, 180 y 433 de 2025. No obstante, el Decreto 175 quedó fuera de esa lista debido a que su artículo 10 establece con claridad que sus medidas tributarias regirán hasta el último día del año en curso, sin necesidad de una extensión adicional.
Este marco normativo se apoya en lo dispuesto por el literal ‘f’ del artículo 38 de la Ley Estatutaria 137 de 1994, que faculta al Gobierno nacional, durante estados de conmoción interior, a establecer contribuciones fiscales o parafiscales por el tiempo que dure la emergencia o por una sola vigencia fiscal. En este caso, la medida fue diseñada desde el inicio para abarcar todo el año 2025.
Las disposiciones tributarias del Decreto 175 fueron adoptadas con el objetivo de fortalecer la financiación pública necesaria para atender los desafíos en materia de orden público en la región del Catatumbo, una zona históricamente afectada por conflictos armados, economías ilegales y deficiencias estructurales en servicios e infraestructura.
En paralelo, el Decreto 274 de 2025 autorizó una adición presupuestal que refuerza los recursos disponibles para implementar las acciones contempladas durante y después del estado de excepción. Esta articulación normativa busca asegurar la continuidad en la atención a las problemáticas que dieron origen a la declaratoria de conmoción, sin generar vacíos fiscales ni debilitar la capacidad operativa de las autoridades nacionales y regionales.
El gobierno reiteró que las medidas tributarias en curso no representan nuevos impuestos, sino ajustes temporales y focalizados que permitirán sostener los esfuerzos institucionales en el territorio, especialmente en seguridad, justicia y atención social. También instó a los contribuyentes, autoridades locales y entidades públicas a cumplir con lo estipulado y seguir las directrices emitidas por el Ministerio de Hacienda y la DIAN.
La vigencia de estas medidas se mantendrá bajo seguimiento técnico y jurídico, con el fin de evaluar su impacto y garantizar su correcta aplicación hasta el 31 de diciembre de 2025.