El abogado Abelardo de la Espriella radicó un documento ante la Corte Constitucional en el que solicita formalmente que ese alto tribunal “se abstenga de avocar conocimiento sobre el control de constitucionalidad del Decreto 0639 del 11 de junio de 2025”, que convoca a una consulta popular nacional.
En el escrito dirigido al presidente de la Corte, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, De la Espriella argumenta que dicho decreto “es un acto administrativo de carácter general”, por lo que su juez natural sería la Sección Quinta del Consejo de Estado y no la Corte Constitucional.
El documento, enviado desde Barranquilla, expone además una solicitud subsidiaria: “que, en el evento en el cual avocaré conocimiento, se sirva suspender provisionalmente el Decreto 0639 del 11 de junio de 2025”, mientras se resuelve el asunto de competencia.
En los fundamentos jurídicos presentados, De la Espriella se basa en una decisión previa del Consejo de Estado (Auto 11001-03-24-000-2018-00274-001), en la que se estableció que los decretos de convocatoria a consulta popular son actos administrativos generales y, por tanto, deben ser evaluados por el Consejo de Estado, no por la Corte Constitucional.