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    Elección de la Fiscal Luz Adriana Camargo a revisión en el Consejo de Estado

    En un giro inesperado en el ámbito judicial colombiano, la elección de Luz Adriana Camargo como fiscal ha sido admitida para revisión por el Consejo de Estado. 

    La demanda, presentada por diversas entidades y actores políticos, cuestiona la legitimidad del proceso electoral que llevó a su nombramiento. A pesar de la admisión de la demanda, el Consejo de Estado ha decidido no suspender la elección, permitiendo que Camargo continúe en su puesto mientras se lleva a cabo la revisión.

    Contexto de la elección y la demanda

    Luz Adriana Camargo fue elegida fiscal en un proceso que, según los demandantes, estuvo plagado de irregularidades y falta de transparencia. 

    Las principales acusaciones se centran en presuntas inconsistencias en la votación y en la influencia indebida por parte de ciertos grupos de poder. 

    La admisión de la demanda por el Consejo de Estado indica que los argumentos presentados tienen suficiente mérito como para ser investigados más a fondo.

    El Consejo de Estado, al admitir la demanda, ha abierto una investigación detallada sobre los procedimientos seguidos durante la elección de Camargo. 

    Sin embargo, la decisión de no suspenderla de sus funciones mientras se lleva a cabo esta revisión ha generado un debate intenso. Algunos expertos jurídicos consideran que esta decisión permite la continuidad institucional y evita un vacío de poder, mientras que otros argumentan que podría socavar la credibilidad del proceso judicial.

    El alto tribunal resolvió admitir “la demanda de nulidad electoral presentada por el señor Harold Eduardo Sua Montaña, contra el acto de elección de la señora Luz Adriana Camargo Garzón, como fiscal General de la Nación, contenido en el Acuerdo 2280 del 12 de marzo de 2024, expedido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en los términos expuestos en la parte motiva de esta providencia”.

    La demanda argumenta que por la elección de Luz Adriana Camargo como fiscal General se incurrió en varios vicios de trámite que generaron la expedición de manera irregular, desconociendo el debido proceso y falta de motivación, entre otras inconsistencias.

    Sobre la falta de motivación, el documento argumenta que “el actor explicó que la conformación de una terna con solo mujeres implica que el Presidente de la República efectúe una motivación suficiente que permita justificar un criterio sospechoso de discriminación, consistente en que el acceso a cargos públicos dependa del sexo de las personas.”

    Otro de los argumentos de la demanda asegura que la terna en medio de la elección se descompuso, después de que Amelia Pérez Parra, una de las candidatas, fue “a la Corte Suprema del 12 de marzo de 2024″, y “renunció de manera irrevocable a la terna para la selección del fiscal General de la Nación, circunstancia que a su vez fue puesta en conocimiento del Presidente de la República, antes de la designación de la señora Luz Adriana Camargo Garzón”.

    Es así como, la acción pedía como medida cautelar suspender de manera provisional a la fiscal Luz Adriana Camargo y que se asignara a un funcionario de carrera administrativa para que cumpla con las funciones de Fiscal General.

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