En un giro inesperado, la acusación contra el coronel Carlos Feria, jefe de seguridad del presidente Gustavo Petro, ha sido desestimada por la Fiscalía General de la Nación.
Feria estaba bajo investigación por su presunta implicación en el uso ilegal de un polígrafo en un interrogatorio a Marelbys Meza, una niñera de Laura Sarabia. Este caso ha generado controversia y debate en los círculos políticos y de seguridad del país.
Sin embargo, queda suspendido el proceso penal que se sigue en contra del coronel Carlos Feria y otros tres policías, por el polígrafo al que fue sometida Marelbys Meza, la exempleada de Laura Sarabia.
La razón, el Tribunal Superior de Bogotá, se abstuvo de resolver los recursos de queja que interpuso la defensa del coronel Carlo Feria y otros uniformados, hasta tanto la Corte Constitucional resuelva el conflicto de jurisdicciones.
El escándalo comenzó cuando se denunció que Marelbys Meza, había sido sometida a una prueba de polígrafo sin su consentimiento. La prueba, que tenía como objetivo determinar la lealtad y la veracidad de Meza, fue llevada a cabo en circunstancias que han sido calificadas como coercitivas e irregulares.
A la mujer la trasladaron por la fuerza, la presionaron, le quitaron su celular y le impusieron una prueba de polígrafo ilegal para que reconociera, como fuera, su responsabilidad en el extravío de una maleta con dinero en efectivo.
Para el alto tribunal, esta audiencia se adelantó pese a que existía un conflicto de competencias elevado por la Justicia Penal Militar ante la Corte Constitucional para conocer el caso. Debido a esto, el proceso penal contra el todopoderoso coronel Feria quedó hoy en cero.
El coronel Carlos Feria, en su calidad de jefe de Seguridad del Presidente, fue señalado como el principal responsable de ordenar y supervisar el uso del polígrafo en contra de Meza.
La Fiscalía abrió una investigación para determinar si Feria había violado los derechos de la ex niñera y si había actuado fuera del marco legal permitido para este tipo de procedimientos.
Sin embargo, en el documento de 25 páginas la Sala Penal asegura que el juzgado de conocimiento incurrió en un error al seguir con la audiencia en la que se presentó el escrito de acusación pese a que los abogados de los procesados le habían puesto de presente la existencia de este conflicto de competencias en la Corte Constitucional.
El Tribunal aseguró, además, que el “conflicto de jurisdicciones” que existía y se encuentra todavía en estudio “pone en entredicho” la competencia que tenía la justicia ordinaria para seguir con las actuaciones penales. “Ciertamente son las autoridades judiciales las llamadas a entablar los conflictos de competencia”.
La decisión agrega que un desconocimiento de estos principios afecta los derechos al debido proceso, la defensa y contradicción. “Por ello, en este caso, no puede considerarse ilegítimo ni dilatorio el proceder de los defensores de los imputados cuando acudieron a la justicia penal militar, ni menos es procedente poner en entredicho el trámite adelantado por aquella jurisdicción”.
Por todo lo ocurrido durante la audiencia, la jueza le hizo un fuerte reclamo a los abogados de los policías acusados, al considerar que durante sus intervenciones no fueron nada concretos y abusaron del uso de la palabra que se les otorgó presentando la misma idea y dando vueltas a temas que ya habían sido resueltos.
“¿Por qué entorpecer estas diligencias?”, cuestionó la jueza de conocimiento. “En este asunto se quiere insistir en una manera circular en nulidades que no están llamadas a prosperar y están dirigidas a entorpecer la audiencia”.
Consideró que se ha utilizado la maniobra de presentar términos incoherentes. “Abonado a buscar, y es algo que me parece desleal, a buscar la multiplicidad de pronunciamientos (…) En este caso no hay algo que esté equivocado. Lo que ustedes buscan es un trámite ante la Corte Constitucional”.
Le puede interesar: Fiscalía solicita a la Corte Suprema investigar a nueve funcionarios por escándalo en la UNGRD