viernes, abril 19, 2024
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Responsable del homicidio de George Floyd, afrontará cargos de asesinato en tercer grado

Por: Carlos Echavarría

Uno de los homicidios más comentados el en año 2020, fue el del afroamericano George Floyd a manos del policía Derek Chauvin en la ciudad de Minneapolis, USA, dando inició a una ola de violencia por todo el país y sentando las bases para el nacimiento del movimiento “Black Lives Matter”, gran responsable de la derrota en las elecciones presidenciales del presidente en ejercicio, Donald Trump.

El fiscal acusador presentó cargos de Asesinato en tercer grado, pero el juez Peter Cahill, los desestimó el pasado mes de octubre del año 2020, por considerar que ese tipo de conducta, bajo las leyes de Minnesota, solo podía ser aplicada, cuando el responsable pusiera en peligro a un grupo de personas y no solo a un individuo; por lo tanto, elevó la consulta a la Corte Suprema de Justicia del Estado, la cual, el día 1 de marzo, le dio la razón a los fiscales y ordenó al Juez Cahill a considerar nuevamente la restitución del cargo presentado.

La victoria para los fiscales, consiste en que ahora requieren una menor base probatoria para determinar la culpabilidad del ex oficial Chauvin; por el contrario, si el cargo hubiera sido de Asesinato en segundo grado, como lo consideraba el juez Cahill, las pruebas deberían ser tales, que quedara demostrado por encima de cualquier duda razonable, que el ex oficial Chauvin, tenía toda la intención de herir al señor Floyd.

El juicio se reinició el marte 9 de marzo, con la elección del jurado que será el responsable de declarar culpable o no culpable al ex oficial Chauvin, por los trágicos acontecimientos de ese 25 de mayo de 2020.

Para ilustrar a los lectores sobre las diferencias entre los tipos de asesinato que cobija las leyes americanas, se presenta a continuación:

Asesinato en primer grado: Se asigna la categoría, cuando se tiene plena certeza de que la persona que cometió el homicidio, tenía planeación, premeditación, conocimiento y plenas facultades a la hora de realizar la conducta.

Asesinato en segundo grado: Se asigna la categoría, cuando se tiene plena certeza que la persona que cometió el homicidio, no tenía planeada la conducta, pero el desenlace fue el resultado de acciones imprudentes que tenían la intención de causar un daño, más no la muerte.

Asesinato en tercer grado:  Se asigna la categoría, cuando se tiene plena certeza que la persona que cometió el homicidio, no tenía planeada la conducta y que no tenía ninguna intención en herir a nadie, pero debido a una imprudencia o irresponsabilidad, tiene como desenlace la muerte de una o varias personas.

Homicidio en legítima defensa: Se asigna la categoría, cuando se tiene plena certeza que la persona que cometió el homicidio, actuó en legítima defensa para proteger su integridad o la vida, tanto suya o la de sus familiares. Ésta acción no tiene ninguna penalización dentro del sistema legal.

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