En el 2025 habrá el Juicio Político por la violación de topes. No tengan dudas. Ahora bien, será la plenaria de la Cámara quien decidirá si acusa o no a Petro.
Lo anterior será determinante para las elecciones del 2026, ya que veremos la actitud de los partidos ante esta situación de total gravedad constitucional para la democracia colombiana, ya sea que nieguen o aprueben.
¿Por qué la demora en el trámite en la Comisión de Acusación? Por las RECUSACIONES IMPROCEDENTES que suspendieron el proceso por varios meses, y por el incidente de competencia que se hizo este año ante el Consejo de Estado. FUERON ESTRATEGIAS PARA DILATAR LOS TÉRMINOS.
Pronto la Comisión iniciará el JUICIO POLÍTICO y presentará sus resultados a la plenaria de la Cámara para que acuse o no al Presidente. ESA SITUACIÓN NO LA PUEDEN RETARDAR MAS, NI OMITIR. Recuerden lo de Samper, PERO HOY CON NORMAS DIFERENTES, ley estatutaria 996 de 2005 y artículo 109 constitucional. LAS COSAS CAMBIARON
Nuestra denuncia del 3 de mayo de 2023, se avocó como independiente, al no ser Penal, pero posteriormente a solitud del Abogado del Presidente la unificaron a unas denuncias penales y abrieron una investigación previa, acudiendo FRAUDULENTAMENTE a la ley 600 del 2000. TODAS ESTAS ANOMALIAS FUERON DENUNCIADAS A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
El llamado JUICIO POLÍTICO recae sobre denuncias que no sean de índole penal. La confusión viene desde lo sucedido en el proceso del expresidente de la República ERNESTO SAMPER. En esta ocasión no podrán acudir a la INVIOLABILIDAD DEL VOTO, ya que los congresistas que omitan cumplir con el 109, a pesar que las PRUEBAS SON CONTUNDENTES y que la interpretación de las mismas es OBJETIVA, pueden incurrir en una conducta penal. No podrán salir con que Petro no sabía o fue a sus espaldas.
Nuestra denuncia en forma clara fue por violación a la Constitución, artículo 109, que establece que, si se comprueban la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, será sancionada con la perdida de investidura o del cargo.
No denunciamos hechos de índole penal al señor Presidente de Colombia GUSTAVO PETRO.
Nos ratificamos, bajo la gravedad del juramento, EXPRESAMENTE, el 14 de febrero del año en curso, en hechos consagrados en el artículo 109 constitucional, que no es una norma de tipo penal y que orientamos dentro de los casos de indignidad del cargo.
Conforme a nuestra petición que hicimos ante los investigadores, en la ratificación de la denuncia, el día 14 de febrero de 2024, como consta en el Auto que expidieron, mediante inspección realizada el 6 de marzo de 2024 por parte de la COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES, se hizo entrega de copia digital del expediente y del cuaderno separado de carácter reservado que adelanta el CNE
Según se observa en el Auto, pagina 7, que trata sobre la inspección judicial a solitud nuestra, donde recaudaron las pruebas del CNE y en los puntos 2.5, 2.6 y 2.7, donde explican la UNIFICACIÓN ABSURDA de nuestro expediente a la radicación 5914 que trata de expedientes penales. POR FAVOR ABRAN EL SIGUIENTE LINK Y LEAN EL DOCUMENTO:
https://drive.google.com/file/d/1IP6Vd9tctBQXNeRHv5Da6SSfmUnQsm9a/view?usp=drive_link
Pronto tendrán que DESUNIFICAR nuestro expediente de los penales, ya que la decisión del Consejo de Estado fue clara en que el proceso es de indignidad. TENEMOS DENUNCIAS PENALES AL RESPECTO.
El Congreso votará de acuerdo a las pruebas y se repetirá lo del CNE, quienes por mucho que quisieran ayudar, no podían hacerlo, ya que las evidencias no dejan dudas sobre la violación de topes.
En 2025, habrá juicio político a Petro. No lo duden.
Felices fiestas de fin de año