El presidente Iván Duque y la ministra de las TIC, Karen Abudinen, promulgaron la ley que convierte al internet en un servicio público esencial y universal en Colombia, hecho que se constituye en una noticia histórica para la conectividad y la transformación digital del país, y que contribuye a la meta del Gobierno de lograr que el 70 por ciento de los colombianos tenga internet de alta velocidad.
“Lo dijimos cuando llegamos a la Presidencia: vamos a dejar a Colombia con el 70 por ciento de la población con internet de alta velocidad. Lo estamos cumpliendo, lo vamos a cumplir y el departamento de Bolívar será uno de los departamentos que más rápido tendrá conectividad para todos; ese es mi compromiso con ustedes”, afirmó el mandatario.
La ministra Abudinen, explicó que la ley garantiza el derecho efectivo de acceso al internet con tarifas asequibles y competitivas, con independencia de la localización geográfica y que en estados de excepción y emergencia sanitaria exista un mínimo de navegabilidad y de mensajes de texto gratuitos para los usuarios.
Explicó que, por ejemplo, durante la vigencia de estados de excepción y emergencia sanitaria, usuarios prepago tendrán acceso al envío gratuito de 200 mensajes de texto y la recepción de estos sin restricción.
En el mismo caso, los usuarios pospago que estén atrasados en el pago de la factura y cuyo plan no exceda los $54.462, podrán efectuar recargas para usar el servicio en la modalidad prepago; enviar 200 mensajes de texto gratis y la recepción de estos sin ninguna restricción; navegación gratuita en 30 direcciones de internet que serán definidas por el Ministerio TIC con apoyo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), para acceder a servicios de salud, atención de emergencias, del Gobierno y de educación.
Además, todos los usuarios podrán navegar sin costo en un portal de contenidos educativos elegido en conjunto por los ministerios de Educación y TIC.
Y para ampliar la cobertura del servicio de Internet en las zonas más remotas del territorio nacional, la ley ordena al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) crear líneas de crédito para los operadores de Internet fijo residencial con menos de 30.000 usuarios, exceptuarlos del pago de contribución anual a la CRC y el pago de contraprestación periódica al fondo.