viernes, abril 19, 2024
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Funcionarios podrán abstenerse a registrar nombres denigrantes, ofensivos o vulgares: Registraduría

Aunque la norma en Colombia no limita de manera radical la libertad de los padres para dar el nombre que deseen a sus hijos, los funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil pueden abstenerse de registrar nombres que podrían atentar contra la dignidad, la sana crítica y la objeción de conciencia, por tratarse de una descripción ofensiva o denigrante contra el menor.

Según el director nacional de Registro Civil, Rodrigo Pérez Monroy; el funcionario registral podrá recurrir a un defensor de menores para que intervenga sobre la denominación que ese padre quiere, pero los funcionarios notariales no están en la obligación de suscribir ese tipo de nombres.

Asimismo, Pérez Monroy aclara que, por gusto u ocurrencia de los padres de un recién nacido, no pueden ponerles nombres que a futuro puedan incidir en el libre desarrollo de su personalidad o resulte ser objeto de bullying o matoneo.

Al 31 de diciembre del 2020, se registraron 619 504 niños cuyos padres les pusieron, entre otros, nombres de artistas y deportistas mundialmente conocidos como Cristiano, James, Neymar, Maluma y algunos un tanto exóticos como Chespirito, Warnerbro y Joku, entre otros. De ellos, el 51,3 % son hombres y el 48,7 % son mujeres.

Entre los nombres registrados, se puede observar que muchos padres han optado por nombrar a sus hijos igual que a artistas de géneros musicales como el reggaetón y pop: J Balvin, Maluma, Yatra, Juanes y Shakira.

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