El concejal electo de Medellín, Andrés El Gury Rodríguez, inició una acción de pérdida de investidura ante el Tribunal Administrativo de Antioquia contra el concejal electo Juan Carlos Upegui Vanegas, quien aceptó la curul del estatuto de oposición, por la presunta «violación al régimen de inhabilidades».
«Se decrete la PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA ostentada por Juan Carlos Upegui Vanegas, el concejal electo de Medellín por el Partido Independientes para el período 2023 – 2027, por estar incurso en causal de inhabilidad específicamente en la consagrada en el numeral 4 del artículo 43 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 40 de la Ley 617 de 2000, violando el artículo 55 de la Ley 136 de 1994 numeral 2», aseguró Rodríguez.
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Asimismo, El Gury añadió que busca que se decrete la separación definitiva del cargo del demandado y la «consecuente prohibición permanente de desempeñar en el futuro cargos de igual o similar naturaleza».
Entre los argumentos entregados por Andrés El Gury Rodríguez, está el hecho que el papá de Juan Carlos Upegui, el señor Carlos Alberto Upegui Mejía, «fue nombrado en calidad de rector encargado de la Institución Educativa San Lorenzo de Aburrá; dicha designación quedó en firme a través de la Resolución 202350049804 del 21 de junio de 2023, que permitió que durante los primeros días del mes siguiente el profesor comenzara a ejercer dicho encargo de manera oficial y beneficiara directamente la elección de su hijo saliendo en redes sociales del candidato a promover su campaña; y el 30 de octubre de 2023, un día después de las elecciones regionales, firmó contrato con la misma institución para ratificarse en el cargo como Rector».
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Como se mencionó en la demanda de nulidad electoral que presentó el abogado Samuel Darío Castrillón Aldana contra Juan Carlos Upegui, «el cargo de rector fue definido por la Función Pública como un cargo de autoridad administrativa y civil, conforme al concepto jurídico número 117291 de 2023», este mismo concepto aplica para la presente demanda de pérdida de investidura interpuesta por el concejal electo Andrés Rodríguez.
«Los cargos directivos docentes que ha ejercido el señor Carlos Alberto Upegui Mejía, han sido en instituciones oficiales por lo cual asume la condición de servidor público. En los cargos directivos docentes como los ejercidos por el señor Carlos Alberto Upegui Mejía, se desempeñan funciones relacionadas con la AUTORIDAD CIVIL O ADMINISTRATIVA, ya que tienen potestad de contratación, gasto, ejecución presupuestal, nombramiento, capacidad sancionatoria, tienen mando y otras funciones relacionadas con la planificación y ejecución de recursos públicos», argumentó Rodríguez.
Mientras el Tribunal avanza en el debido proceso de esta demanda de pérdida de investidura, el concejal electo solicitó como medida cautelar la suspensión provisional del acto de elección como conejal de Medellín del Partido Independientes de Juan Carlos Upegui, quien fue el candidato a la Alcaldía de Medellín de Daniel Quintero Calle.
De esta manera, si aún llegara a posesionarse en el Concejo de Medellín el 1 de enero de 2024, Juan Carlos Upegui llegaría afrontando dos procesos: una demanda de nulidad electoral, y una demanda de pérdida de investidura.
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