viernes, abril 19, 2024
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El peligroso bombardeo en lo judicial por el Senador Iván Cepeda

Por Bernardo Henao Jaramillo

Es innegable que se debe distinguir entre la fuerza legítima y la violencia. La primera es ejercida por el Estado por mandato constitucional. La segunda por quienes de una u otra forma atentan contra el Estado. Hoy está de moda hacer política cuestionando una actuación lícita del Estado por reciente bombardeo al campamento guerrillero del peligroso criminal alias Gentil Duarte, con olvido que las Fuerzas Militares están cumpliendo con su deber, como lo consagra el artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, y son el muro de contención y defensa que permite que funcione la democracia, por lo que la sociedad civil debe rodearlas y apoyarlas. Entonces, es claro que la misión del Estado y sus FF.MM es proteger la vida, bienes y honra de los ciudadanos, para eso son sin duda las armas de la república, y su uso legítimo les habilita para adelantar bombardeos contra los subversivos que están levantados en armas contra la Nación. Si con ocasión de esas operaciones fallecen o quedan heridos menores de edad, los responsables siempre serán quienes les reclutan y les mantienen en los campamentos, pues a no dudarlo fueron éstos quienes conculcaron los derechos de ellos.

Es una verdad sabida que el temor de quienes traspasaron el límite de la ley durante los 53 años de violencia se cifró en el avión fantasma y el enfrentamiento que se seguía desde el aire. A través de ese medio se les contuvo, pero como para la consecución de la añorada paz se acudió a sofismas y embustes que aprovechó la subversión, quedaron activistas, disidencias y otros peligrosos grupos delictivos que continúan atentando, entre otras, contra el orden constitucional, lo que impone al Estado no renunciar a su obligación constitucional, por lo que es positivo saber que los bombardeos fueron reanudados por firme decisión y apoyo del Ministro de Defensa para cumplir con los fines del Estado. Esa dirigida y orquestada reacción de los opositores a la operación, lo es para tratar de conseguir que se prohíban los ataques aéreos y de contera impedir que se dé comienzo a la cercana reiniciación de la aspersión aérea con glifosato a los cultivos ilícitos de coca y amapola que, por controvertibles decisiones judiciales, no ha podido dar comienzo, pero que ciertamente son la única solución para lograr la tan anhelada paz.

A la par del uso legítimo de la fuerza por el Estado, existe una modalidad supremamente perjudicial que puede denominarse “bombardeo judicial” que en cabeza de ciertas organizaciones constituye su constante práctica. Los denominados grupos de izquierda son expertos por años en impulsar la guerra jurídica, como una más de sus estrategias para lograr sus objetivos de hacerse con el poder. No se requiere ser un acucioso analista para corroborar que quien lo lidera y utiliza ese método es el senador Iván Cepeda. Baste leer los principales diarios nacionales y sintonizar la radio o la televisión para oír o ver como se informa de distintas y variadas actuaciones de ese funcionario público; en los anales judiciales no conocemos quien le compita en impulsar actuaciones procesales, debe ser y habrá que ver si la academia o ciertos centros de pensamiento se ocupan de cuantificar las distintas acciones judiciales que son de su autoría,  en particular querellas, denuncias y tutelas que, en su conjunto, infieren la existencia del ejercicio abusivo y arbitrario del derecho.   

Hoy, los colombianos no salen de su asombro cuando son enterados que la JEP, al parecer saliéndose por completo de su competencia, adoptó una medida cautelar que cobija al Centro de Memoria Histórica, atendiendo a que los senadores Iván Cepeda, Guillermo Sandino y la representante María José Pizarro desataron tremenda persecución para entorpecerle la gestión del director del mencionado instituto, Dr. Darío Acevedo, olvidándose que ya en el pasado varios exdirectores, como Gonzalo Sánchez, entre otros, habían hecho su tránsito por ese Centro y dejaron muchos libros y memorias de su trabajo.  

El 19 diciembre de 2019 al senador Cepeda, sin acreditar su condición para actuar, se le permitió tramitar una extraña ampliación de medida cautelar sobre los archivos que reposan en el Centro Nacional de Memoria Histórica porque, según él, calificó de censura las modificaciones a la exposición ‘Voces para transformar a Colombia’”, la cual tuvo lugar en el Museo Nacional de Memoria de la ciudad de Cali. Para el quejoso senador tales “consistieron en la eliminación de expresiones, metáforas museológicas, afirmaciones, cifras y guías de visita al museo”, las cuales se acusa de no tener “fundamento en la ley ni haber sido “concertadas con las víctimas de estas iniciativas. Destacando de esas modificaciones las que se hicieron a la presentación sobre el genocidio de la Unión Patriótica” en dicha exposición. Ese confuso galimatías pareciera ser el antecedente más próximo de la inspección judicial decretada. En mayo de 2020 el Dr. Acevedo se enteró de la actuación abusiva, arbitraria, e ilegal de la JEP, pues consideró que se extralimitaron de su marco de acción y funcionamiento contemplado en el A.L. 01 de 2017 al ampliar la aplicación de la medida cautelar, por lo que fue apelada. El Superior concedió extrañamente la protección de toda la información, disponiéndose la inspección judicial por el término de 90 días, que bien la calificó de “allanamiento” el director del Centro de Memoria Histórica.    

Crear, diseñar y administrar en el museo establecido para las víctimas es función clave del Director y sabido es que muchos contratistas, no damnificados, no le han hecho caso y han querido imponer cierta clase de piezas que no deben ser parte del museo, porque era claro tenían una finalidad propagandística y doctrinaria, que no correspondía a su finalidad, por lo que, con razón, se opuso. No se dan cuenta que la transparencia y trabajo del Director Acevedo es hasta ahora objeto de gran reconocimiento en el que incluso hay registros de la actividad paramilitar que afecto al país en esa época de sangrienta violencia.

Esa lucha contra el director del Centro Nacional de Memoria Histórica que se conoce, más parece, se trata de un tema personal del senador Cepeda en contra del Dr. Acevedo, ya que la JEP nada tiene que ir a hacer al Centro de Memoria Histórica, porque tal no es jamás una función jurisdiccional, menos aún puede convertirse en un aparato perseguidor del trabajo de una entidad hoy bien administrada y gerenciada. Las víctimas tienen en la actual administración del Centro de Memoria la mejor forma de ser visibilizadas, al contrario de lo pretendido por quienes otrora fueron asesores de ese centro de memoria, como de hogaño lo fue la Magistrada Patricia Linares que fuera presidenta de la JEP y que en la actualidad sigue siendo funcionaria judicial.

Pero, si a Iván Cepeda le atendieron con celeridad el trámite cautelar no se puede entender, por el contrario, que a las víctimas de las FARC que cierto sector desea olvidar, no les den similar tratamiento con la urgencia y celeridad que impone el sufrimiento que padecieron y cuyas consecuencias continúan en el presente, como aquellos daños afectivos, sicológicos, morales y materiales que deben por completo resarcirse. Hasta el momento han sido, de cierta forma, discriminadas si nos atenemos a lo decidido por la propia JEP frente a la solicitud de medidas cautelares como el embargo de los salarios de los congresistas de las otrora FARC, causantes de ese daño.

Consta que el 20 de mayo de 2020 el abogado Joan Sebastián Moreno peticionó dicha medida cautelar, la que fue extrañamente engavetada en los anaqueles que contienen los archivos de las víctimas. Era tan evidente la ostensible omisión que el profesional debió diez meses después acudir a la tutela como mecanismo indispensable para lograr alguna clase de pronunciamiento; obvio era esperar que la Jurisdicción concebida a la medida de los victimarios no concedieran la aplicación de la cautelar. Se argumentó para su negativa que no se demostró la urgencia de la medida, cuando todo el país lo sabe, es un hecho notorio, que vencido el plazo para la entrega de bienes por parte de la entonces subversión no se cumplieron. Nimiamente entregaron escasos bienes y les habilitaron la posibilidad de que vencido el plazo puedan hacerlo, sin que ello, de conformidad con su actuación, vaya a ocurrir. En defensa de las víctimas que representa el abogado recurrió la decisión. Ese es el viacrucis para las víctimas, mientras que a los victimarios les atienden con celeridad inusitada. Es la comprobación que cuando se trate de la Paz y sus principales actores violentos, presenciamos la pantomima que podemos denominar “el mundo jurídico al revés” en el cual está presente, por raras coincidencias, el accionar del senador Cepeda.  

Pildorita. En tiempos de crisis tan grave como la que padecemos por el Covid es incomprensible que se trate de hacer una reforma tributaria, mientras que coetáneamente se emite el Decreto 272 del 11 de marzo de 2021 estableciendo una prima especial del 30% del salario para los funcionarios judiciales (no para los empleados), agentes del Ministerio Público, Fiscales de quienes se afirma tienen altos ingresos oficiales. Vamos por el excesivo endeudamiento y el aumento del gasto, hacia una recesión económica. 

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