martes, abril 16, 2024
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(DENUNCIA) Nombramiento de Gustavo Alejandro Gallego sin respeto al Gobierno Corporativo de EPM

Dentro de los nombramientos realizados en la jefaturas de la oficinas de Control Interno de la Ciudad de Medellín, uno de los más cuestionados por el nivel de importancia es el del señor Gustavo Alejandro Gallego, como vicepresidente de auditoria Corporativa de EPM.

Una de las razones por las cuales su nombramiento ha sido cuestionado es por el no cumplimiento de los requisitos mínimos para desempeñar un cargo de Control Interno, y mucho más teniendo en cuenta que Daniel Quintero Calle ha desconocido en múltiples oportunidades el Gobierno Corporativo de la Empresa de Servicios Públicos.

El Decreto 989 del 9 de julio de 2020 establece que los requisitos mínimos para llegar a un cargo de Control Interno como para el que fue nombrado Gallego es necesario poder acreditar una experiencia mínima de 52 meses en cargos que impliquen control interno y fiscalización y donde el manual de funciones se parezca a establecido para la dirección de la oficina para la cual fue asignado.

Según fuentes confidenciales consultadas por IFMNOTICIAS.COM, el vicepresidente de asuntos legales de EPM, Jhonatan Estiven Villada, intervino en el proceso que se estaba desarrollando al interior de la entidad a través de la vicepresidencia de Talento Humano, para forzar su nombramiento a sabiendas que no se cumplían con los requisitos legales para ocupar el cargo.

Para ocupar la vacante la alcaldía solo presentó la hoja de vida de Gustavo Aejandro Gallego, lo que ya se considera una ligereza, ya que los requerimientos y el proceso de evaluación para establecer que una hoja de vida que cumple y puede ocupar el cargo de Control Interno no son sencillos.

Según lo establecido en el Decreto 989 del 2020, que enuncia una serie de competencias y conductas relacionadas que las personas seleccionadas deben cumplir, previo a la designación se deben realizar una serie de pruebas que permitan determinar si se cumplen o no con dichas habilidades.

Adicional a eso se debe presentar una hoja de vida con la información debidamente acreditada, tal como certificados de estudios y de experiencia laboral.

El documento deja claridad sobre que la experiencia debe estar relacionada con control interno, e incluso hace una lista de actividades muy especificas que tuvieron que haberse desarrollado en cargos anteriores para que esa experiencia sea tenida en cuenta como válida para ocupar el cargo.

Es por estas razones que, por lo general, se presentan entre dos y tres hojas de vida para que pueda ser seleccionado el mejor candidato posible teniendo en cuenta mérito, capacidad y experiencia, lo que no sucedió en este caso.

La evaluación de las competencias y cumplimiento de requerimientos se debe hacer al interior de la entidad en la se va a desempeñar, en este caso a través de la vicepresidencia de Talento Humano.

Tras hacer un análisis de la hoja de vida reportada en el SIGEP del Gustavo Alejandro Gallego se evidencia que el requisito de experiencia no lo cumple, ya que en ninguno de sus cargos previos ha desarrollado actividades de Control Interno.

Información obtenida de la página del SIGEP

En la información obtenida con las fuentes confidenciales se supo que la intervención del señor Villada en el proceso de evaluación de las competencias se realizó buscando justificar parte de la experiencia para reportarla como experiencia especializada, como sucede con sus 16 meses donde fue Personero y Personero delegado.

Sin embargo al estudiar las labores que desempeña un personero, éstas están enfocadas hacía la fiscalización y control pero en materia de derechos humanos, no hacia lo Interno, por lo que esos meses no podrían ser tenidos en cuenta.

La oficina de Talento Humano realizó la evaluación del perfil y emitió el concepto informando que Gallego que no podría asumir el cargo como vicepresidente de Auditoría Corporativa de EPM por no cumplir con los requerimientos de experiencia contemplados en las normas y en el manual de funciones de la entidad.

Sin embargo el vicepresidente de asuntos legales de EPM ignorando las normas que rigen los cargos directivos de Control Interno y pasando por encima del Gobierno Corporativo, como lo ha hecho en otras oportunidades el mismo Alcalde Daniel Quintero Calle, buscó la certificación de los requisitos a través de la Alcaldía para así poder lograr el nombramiento.

En el momento en que Gallego aceptó el nombramiento incurrió en una falta disciplinaria al aceptar un cargo para el cual no cumple con los requisitos mínimos.

Se sabe que Gustavo Alejandro Gallego hace parte del circulo cercano de Daniel Quintero Calle, ya que por la relación sentimental que lo une con la prima del primer mandatario de los medellinenses ocupó durante el 2020 y 2021 la gerencia de Emvarias, tiempo durante el cual la compañía de recolección de residuos se vio inmersa en una serie de escándalos por el mal manejo de las Basuras en la ciudad.

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Desde que se conoció sobre este nombramiento, el Sindicato de profesionales de EPM, SINPRO, ha denunciando a través de sus redes sociales y ha pedido a los entes de control iniciar las investigaciones necesarias para que se respeten las normas y el gobierno corporativo.

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