domingo, abril 21, 2024
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De los principios y los principitos

Por Yesenia Bedoya Gallego

Mucho se habla, casi siempre para mal, de la famosa Ley 100 de 1993; el primer hecho cierto con el que podemos abordar esta columna es que la ignorancia de las mayorías es abrumadora.

Empecemos por el principio: ¿qué es la Ley 100? Es la ley que crea y regula el Sistema de Seguridad Social Integral.

La descripción por si sola debiera ser objeto de orgullo para un país tercermundista como el nuestro: ¡tenemos una seguridad social integral!

¿Qué es la seguridad social integral? El conjunto de instituciones, normas y procedimientos de que dispone la persona para gozar de una calidad de vida… No me lo inventé, así lo reza el preámbulo de la Ley, para los que quieran dignarse a darle una ojeada deberían hacerlo al menos a esa parte y aprovechan y se pueden saltar al final para ver quienes la crearon y la promulgaron, a ver si algún día dejan el sonsonete de «la Ley 100 de Uribe», pues no saben el ridículo que hacen.

Retomemos… veníamos diciendo que la Ley 100 es la sumatoria de varias y variadas herramientas de las que dispuso el Estado colombiano para garantizar la calidad de vida de los ciudadanos y habitantes y con ello desarrolla el artículo 48 de la Constitución. Esta ley viene dotada de unos principios, entre los que destaco el de universalidad: servicios básicos para todos, y progresividad: cobertura siempre en aumento.

A grandes rasgos tenemos dos pilares que regulan esta Ley: salud y pensiones. Para ambos se crearon dos regímenes; en salud tenemos el contributivo y el subsidiado y en pensiones el régimen solidario de prima media con prestación definida o mejor conocido como el público que administra Colpensiones y el régimen de ahorro individual con solidaridad al que conocen como los fondos privados. Nótese entonces que ambos regímenes utilizan el vocablo solidaridad: «adhesión, apoyo incondicional a causas o intereses ajenos, especialmente en situaciones comprometidas o difíciles».

Y en la práctica es así; el que está vinculado laboralmente o tiene los recursos para aportar al sistema integral, simple y llanamente entrega una parte de lo suyo para que los menos favorecidos tengan un nivel mínimo vital de atención en salud vía régimen subsidiado; si señores, por eso se llama subsidiado porque lo subsidian los que tiene la posibilidad, no el Estado. Y ese sistema solidario en su parte subsidiada es lo que todos conocemos como SISBEN.

El SISBEN es un sistema de registro mediante el cual el estado colombiano obtiene la información necesaria para la asignación de beneficios a la población, los que están en el régimen subsidiado tiene acceso a:

Servicios de salud, de manera gratuita, para atender las contingencias y necesidades que en salud tengan los ciudadanos; no fue diseñado para operarle los senos a la niña de 15 años de estrato 1 y 2, ni para hacer el cambio de sexo, por más que quieran desarrollar su personalidad, mal entendieron y mal usaron el sistema.

Acceso a la educación superior, siempre ha existido este tipo de consideraciones con los más vulnerables a quienes además de darles prioridad, pagan un mínimo de la matrícula, mínimos que he visto casos en los que solo deben pagar mil pesos en la matrícula; además que tienen subsidio para el sostenimiento. ¡Esta es una de las cosas que más me indigna cuando hablan mal de la Ley 100 o salen a protestar y dañar todo a su paso disque por falta de acceso a la educación superior, tienen una ignorancia bárbara!

Vivienda, la cantidad de subsidios que se entregan para la compra de vivienda son obra y gracia del desarrollo de seguridad social integral que consagra la Ley 100, por si no lo sabían. «Vivienda social para el campo», «vivienda 100 % subsidiada», «casa digna, vida digna», «mi casa ya» son algunos de los programas que el gobierno nacional ha creado para dar cumplimiento al objeto de seguridad social integral.

Y como si fuera poco, salud, educación y vivienda; comprometidos con el bienestar de los colombianos, siendo solidarios con el «menos favorecido», se crearon subsidios como «familias en acción», «jóvenes en acción», «Colombia mayor», la devolución del IVA y el mismo «ingreso solidario» que al parecer es tan buen subsidio que le alcanzó a Francia Márquez para financiar una campaña a la vicepresidencia.

La atención a la primera infancia y el programa de alimentación escolar también hacen parte del desarrollo de ese objetivo que consagra la Ley 100: seguridad social integral. Ahora que descubrieron lo que se escribió desde 1993 y se viene desarrollando universal y progresivamente en el país desde esa época, la pregunta natural y legítima es: ¿por qué no funciona de manera óptima?  La respuesta puede estar a partir del articulo 177 de la Ley: la creación y las facultades que se le dan a las entidades promotoras de salud.

A mi modo de ver las cosas, basta con cortarles el chorro del recaudo a las EPS y buscar la forma de asignación de los recursos más eficiente par ponerle freno al desangre de los recursos de la salud especialmente. De algo estoy completamente segura en este punto es que, si no hay participación de la sociedad civil en la vigilancia y seguimiento de esos recursos, no va a pasar nada diferente a lo que ya conocemos.

Que nos espera entonces con el nuevo gobierno y la nueva ministra de salud, esa princesa dueña del mas obvio y descarado desconocimiento de todo lo que se pone en riesgo con su atrevida y grosera amenaza de acabar con las EPS, amenaza de por si simplista, porque como casi todo lo que sale del petrismo, viene cargada en ausencia de soluciones.

¿Me decanto por el esfuerzo de salvaguardar los principios, pero… qué vamos a hacer frente a los nuevos principitos?   

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