miércoles, abril 24, 2024
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Avanza demanda de nulidad contra la ministra Cecilia López y el ministro Álvaro Leyva

Avanza la demanda de nulidad contra los nombramientos de Cecilia López y de Álvaro Leyva, ministra de Agricultura y ministro de Relaciones Exteriores, respectivamente, por violar una ley que limita el rango de edad para servir como presidente y/o ministro de despacho.

La demanda, que fue radicada el pasado 24 de agosto, advierte que la edad de López y Leyva representan un impedimento para ejercer el cargo pues, en el caso de Cecilia López, nació el 18 de abril de 1943 y en el caso de Álvaro Leyva, nació el 29 de agosto de 1942.

Por esta razón, la demanda de nulidad señala que la ley es clara al afirmar que una persona con derecho a pensión de jubilación «no podrá ser reintegrada al servicio cuando se trate de ocupar las posiciones de presidente de la República o ministro de despacho».

En este sentido, el demandante de la nulidad citó el artículo primero de la Ley 1821 de 2016, que señala que la edad máxima de retiro del cargo de personas que desempeñen funciones públicas es de 70 años.

«Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñan, sin que puedan ser reintegrados bajo ninguna circunstancia», indica la ley.

Desde este punto de vista, los mencionados ministros tenían una edad de 80 y 79 años, respectivamente, al momento de su posesión, por lo que se habría infringido la norma indicada más arriba, incurriendo en una inhabilidad para ejercer dichos cargos.

Es importante dejar claro que la demanda no es porque sean personas de la tercera edad, pues está demostrado que este grupo poblacional cuenta con experiencia y conocimiento en sus disciplinas del saber. Sin embargo, habría un quebrantamiento a la normatividad vigente.

De igual manera, es importante recordar que Gustavo Petro había hablado del «gobierno del cambio». Por esta razón le llovieron críticas y burlas cuando nombró a su gabinete ministerial que, por su edad, representaron más de lo mismo.

Algunos expertos concuerdan en que para ocupar cargos públicos de esta envergadura, se exige mucha energía, vitalidad y buena salud, cosa que podría no estar presente en los designados ministros que superan los 70 años de edad.

También resaltan que con esta demanda se estaría haciendo jurisprudencia para determinar hasta qué edad puede nombrar un presidente a sus miembros de gabinete. Por lo que hay expectativa jurídica frente al caso.

Vale la pena destacar que el propio Gustavo Petro, que no es de edad tan avanzada como los mencionados ministros, en tan solo mes y medio de ser presidente de Colombia, ya se ve con un desgaste físico que ha llevado a muchos a hablar de una posible enfermedad.

Si el máximo tribunal de lo contencioso administrativo aparta de sus cargos a los dos ministros, estos tendrían que hacer devolución de los salarios y emolumentos devengados, «por construir un enriquecimiento ilícito y un detrimento patrimonial del Estado colombiano».

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